19 may 2011

LA DECEPCION GANA LA PARTIDA

Cualquiera sea el resultado de la votacion sobre
las leyes aberrantes que consagran la impunidad
con o sin los articulos "interpretativos", como
sociedad hemos retrocedido.Al punto de considerar
como legales a normas nacidas bajo presion y rati-
ficadas en plebiscitos, donde la desinformacion y
el accionar mediatico de blancos y colorados en
contra de investigar delitos de lesa humanidad,
economicos y de todo calibre, propiciaban la
impunidad lisa y llanamente sin ambiguedades.
La decidida y pertinaz busqueda de justicia de
familiares y victimas del terrorismo de estado,
ha permitido mantener viva la memoria de semejantes
atrocidades y la esperanza de juzgar a los culpables,
saber el destino de sus familiares desaparecidos y
preservar intacta la llama de la verdad y la justicia.
Se podrian enumerar multiples razones por las cuales
estas aberraciones juridicas son nulas de nulidad
absoluta, pero lo mas atroz, es que esta sociedad
con cola de paja,quiere barrer para abajo de la alfombra.
El "proceso" lleno de militares corruptos y
correligionarios de uso multiple, benevolos con el
poder economico enriquecedor de muchos y creador
de pobreza extrema, desnutricion y analfabetismo,
al que no le bastaron años de desgobierno sin
oposicion, hoy nos habla de respeto al orden juridico.
Nuestra mayor flaqueza, si es que cabe el termino,
es la de no haber podido desenmascarar a los referentes
civiles de la partidocracia militar rosada.
El manejo a discrecion de la opinion publica a traves
de sus multimedios graficos, televisivos y de toda
indole, muestran el talon de aquiles en la busqueda
de un razonamiento colectivo que transforme estas
realidades -que solo sirven a determinados intereses-,
en algo concreto de enriquecimiento y valor informativo.
Nada mas alejado de la realidad, es creer que estos
individuos buscan el bien comun, solo intentan
mantener sus privilegios, sus fueros por si algo no
sale redondo y sus contactos para perpetuarse en una
banca viviendo del defenestrado estado.
Poco y nada les interesa la construccion de solidaridad,
respeto y demas valores y menos aun derechos consagrados
en la constitucion, pisoteada y deformada hasta el
cansancio de acuerdo a sus intereses, como para ver
que solo Y UNICAMENTE SE LOGRA JUSTICIA VERDADERA
CUANDO TODOS SOMOS IGUALES ANTE LA LEY.
LO DEMAS SON DISCURSOS VACIOS DE CONTENIDO, se podran
pasar horas hablando de acciones y reparaciones,
de derechas y de izquierdas, pero la gran ausente
sera la construccion de ciudadania, de verdad,
de respeto Y DE APRENDIZAJE DEL PASADO.
Pedir justicia es un derecho inalienable que
seguiremos buscando, mas alla de reparaciones
o como se le quiera llamar, por la memoria
de aquellos que dieron todo sin pedirnos nada,
y porque como dice la historia quien no aprende
de sus errores, esta condenado a repetirlos.

16 may 2011

MIEDO AL MIEDO

A mas de veinte años del fin de la dictadura
seguimos con miedo...Es quizas la mayor herencia
que nos ha dejado el "proceso" de desintegracion
de la cohesion ciudadana hacia determinados temas
en los cuales opinar significaba carcel o tortura
y en muchos casos desapariciones forzadas.
La tergiversacion del orden juridico a favor de
todo tipo de delito, desde economicos a los de
lesa humanidad avalados por un parlamento complice
y atemorizado, dio lugar a la creacion de normas
contrarias a la larga tradicion de respeto que
hicieron en tiempos lejanos, honor al orden jurico
del Uruguay.Hoy ante la posibilidad historica de
reparar esa nefasta legislacion, vemos que muchos
dirigentes,senadores y diputados, contrariando el
sentido para lo cual fueron elegidos, se sienten
presionados por la corporacion militar y sus
defensores civiles entre los que se cuentan a casi
todos los representantes de los partidos tradicionales
y le ponen reparos dialecticos a algo que es tan simple
que no deberia haber duda sobre el camino a seguir.
Resulta paradojico pensar que algo que nacio inconsti-
tucional, sea defendido con ahinco y aunque violen
tratados internacionales aprobados por el mismo
parlamento, sean motivo de objecion cuando lo que se
pretende es conocer y sancionar delitos de lesa
humanidad, como la desaparicion forzada o el robo
de bebes, delitos que no se hubieran podido cometer
sin el silencio complice de un poder economico que se
vio favorecido por el neoliberalismo depredador y el
accionar de politicos corruptos y jueces indiferentes.
Son esos mismos personajes que hoy enfundados en un
doble discurso de legalidad, solapada y mediaticamente,
dicen defender principios que ayer pisotearon con
alevosia, deformando realidades y justificando lo
injustificable.
Y por si esto fuera poco, se aprovechan de la opinion
conciliadora y comprensiva de muchos compañeros de
militancia a los que los años de lucha despareja les
ha dejado la vida hecha jirones, para ponerlos como
ejemplo de una conciliacion que nunca buscaron , de un
perdon que nunca pidieron y de un arrepentimiento que
ademas de no sentirlo, no lo piensan declamar.
La agitacion de fantasmas desestabilizadores es la otra
gran pata de esta propuesta fascista que cuenta con
organos de difusion aceitados y retrotrae a la sociedad
al clima imperante en la dictadura, por la que cualquier
decision soberana, pone en riesgo al sistema democratico,
como si la transparencia y el acatamiento al orden
juridico, dependiera de la voluntad de un poder militar
tutelante y un parlamento sumiso, degradado y corrupto.
La valentia con la que una gran parte de la sociedad
le hace frente al intento de preservar la impunidad,
deberia ser una leccion de coraje para aquellos que
creen que mirando para el costado, se puede construir
futuro, se pueden fortalecer las instituciones y por
sobre todo subordinar un poder militar que se considera
por arriba de las leyes nacionales y de la jurisprudencia
internacional. Que puede cometer cualquier delito
sabiendo que el miedo va a poder mas que la verdad,
y que en caso de dudas, los correligionarios estaran
para legalizar parlamentariamente la impunidad.
Derogar lisa y llanamente estas aberraciones juridicas
no es solo un acto de justicia, sino una demostracion
de coraje civico que honrara la memoria de todos
aquellos que por creer en la utopia de sociedades
mejores, han perdido lo mas valioso que poseian,
SU VIDA.

10 may 2011

UNA INICIATIVA ETICA

frenteamplistasxjusticia@gmail.com
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> Montevideo, 8 de mayo de 2011.
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>
> Queridos compañeros, queridas compañeras:
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>
> Una vez más se plantean debates dentro de nuestro Frente Amplio sobre
> la mejor forma de erradicar la Ley de Caducidad y sus efectos. Esto
> nos sorprende, porque el Plenario Nacional estableció un claro mandato
> a nuestros legisladores, aprobado sin votos en contra y con sólo tres
> abstenciones, que ya fue cumplido en la Cámara de Senadores, pero la
> discusión es un hecho y debemos afrontarla.
>
>
>
> En los últimos días el compañero José Mujica, presidente de la
> República, ha sostenido que el proyecto interpretativo de la Ley de
> Caducidad, elaborado por el Frente Amplio y aprobado por el Senado con
> votos frenteamplistas, pone en peligro la victoria que todos deseamos
> en 2014, y con ella la profundización del proceso de cambios iniciado
> desde que alcanzamos el gobierno nacional.
>
>
>
> Durante el proceso de elaboración de ese proyecto interpretativo se
> tuvieron en cuenta diversas objeciones y propuestas, entre ellas las
> aportadas por el compañero José Korzeniak, experto en derecho
> constitucional. Si aparecen otras ideas, habrá que considerarlas con
> el mayor respeto, pero nos permitimos señalar que no es momento para
> improvisaciones en un asunto tan importante. Está bien que nos
> esforcemos por buscar la mejor solución posible, pero tengamos
> presente que demasiadas idas y venidas causan confusión y desánimo.
>
>
>
> El fondo de la cuestión es que la legislación uruguaya incluye, desde
> diciembre de 1986, una norma inconstitucional y violatoria de acuerdos
> internacionales firmados por Uruguay. Una norma que permite la
> impunidad de delitos de lesa humanidad y cuyos efectos deben ser
> eliminados, por elementales razones éticas y porque así lo decidió, en
> marzo de este año, la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
>
>
>
> Hoy debe quedar claro que nuestra voluntad política de terminar con la
> impunidad sigue firme. Con ese objetivo, ya es hora de que el sistema
> judicial recupere las potestades que le arrebató la Ley de Caducidad,
> y que en los últimos años sólo ha podido ejercer cuando le dieron
> permiso desde la presidencia de la República.
>
>
>
> La historia de la Ley de Caducidad es intrincada y llevamos muchos
> años atrapados en ella, por las malas artes de quienes quieren la
> impunidad y por nuestros propios errores. No soñemos con que hay un
> modo simple e indiscutible de resolver el problema. Si nos empeñamos
> en buscar una fórmula perfecta que no existe, el resultado puede ser
> que todo quede como está.
>
>
>
> La impunidad fue impulsada con amenazas y engaños. Ahora se intentará
> mantenerla con recursos jurídicos y políticos. Es una señal de que
> hemos avanzado: sigamos adelante.
>
>
>
> Nos dicen y nos dirán que la Ley de Caducidad fue respaldada por la
> mayoría de la población en el plebiscito de octubre de 2009, y que por
> ese motivo debemos dejarla en pie, que se ha vuelto invulnerable por
> la voluntad popular. Es un argumento eficaz pero mentiroso.
>
>
>
> En ese plebiscito se votó con una sola papeleta, y por lo tanto sólo
> fue posible contar cuántos votamos en contra de la impunidad.
> Ignoramos cuántos estaban a favor, y seguramente muchas personas no
> pusieron el Sí rosado en el sobre porque no tenían una opinión
> formada. Se abstuvieron. Decir que ésos fueron votos de apoyo a la Ley
> de Caducidad es como atribuir opinión definida a los encuestados que
> terminan en el casillero “no sabe / no contesta”.
>
>
>
> No nos enredemos una vez más: la Ley de Caducidad es inconstitucional,
> como lo han señalado la Suprema Corte de Justicia, la Asamblea General
> y el Poder Ejecutivo; no puede ser contrario al derecho anular todos
> sus efectos, que nunca fueron legítimos.
>
>
>
> Se ha dicho que la profundización del proyecto frenteamplista, en el
> tercer gobierno nacional consecutivo que todos queremos conquistar, es
> el mejor modo de defender los derechos humanos, que nada es más
> importante y que todo lo logrado se puede perder si, al aprobar el
> proyecto interpretativo, ponemos al FA en una situación vulnerable
> ante las críticas de otros partidos.
>
>
>
> Discrepamos fraternalmente con ese punto de vista. No aceptamos que
> sea necesario elegir entre la continuidad y el contenido de nuestro
> proyecto de gobierno.
>
>
>
> Sería un error grave, como elegir entre la libertad y la seguridad,
> entre el crecimiento y la distribución, entre la unidad y la
> diversidad, entre los cambios y la paz.
>
>
>
> Uno de los enemigos más poderosos que enfrentamos está dentro de
> nuestras propias cabezas, y nos dice que no es posible escapar a esas
> alternativas, que no podemos pensar fuera de ellas.
>
>
>
> Si nos convencemos de que debemos dejar por el camino nuestra
> identidad, no importará cuáles sean los resultados electorales:
> estaremos derrotados aunque ganemos.
>
>
>
> De nuestra conducta en estos días dependen muchas cosas: respetar la
> memoria de quienes ya no están, y también cuidar la esperanza de los
> que vienen. Podemos hacerlo juntos, si no se nos olvida quiénes somos.
>
>
>
> FIRMAN: Eduardo GALEANO, Margarita PERCOVICH, Belela HERRERA,
> Guillermo CHIFFLET, Ana OLIVERA, Daniel VIGLIETTI, José DÍAZ, Zelmar
> MICHELINI (h), Marina ARISMENDI, Miguel FERNANDEZ GALEANO, Victorio
> CASARTELLI, Maria Elia TOPOLANSKI, Fernando PEREIRA, Edgardo OYENART,
> Juan FAROPPA, Sara MÉNDEZ, Coriún AHARONIAN, Mariano ARANA, Ricardo
> ELENA, General ® Juan Antonio RODRIGUEZ ORLANDO, Pablo ANZALONE,
> Marcelo PEREIRA, Gabriel MAZZAROVICH, Carlos CAILLABET, Juan CASTILLO,
> , Jorge MAZZAROVICH, Alejandro ZAVALA, Milton ROMANI, Ricardo POSADA.

SOLO LA VERDAD TRAE LIBERTAD

SENTENCIA DE 24 DE FEBRERO DE 2011 DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
La sentencia de la Corte Interamericana, si bien era razonablemente previsible en cuanto a
su resultado, ocasiona algunas dificultades en cuanto a su cumplimiento. A pocos días de
conocido el texto es imposible hacer un estudio completo de la misma, pero sí es oportuno
referir a algunos aspectos que parecen ser claros y que no deberían merecer dudas ni
objeciones, así como adelantar, tentativamente y sujeto a mayor análisis, algunas otras ideas.
Sobre lo que a mi juicio no merecería discusión de tipo alguno cabe decir:
1. La sentencia de la Corte debe ser cumplida (no hay alternativa ni excusa en contrario).
Uruguay aprobó la Convención Americana de Derechos Humanos, y se sometió a la
jurisdicción de la Corte Interamericana, mediante la ley 15.737 (aprobada en marzo de
1985). No es válida la invocación de la soberanía para eludir la sentencia en la medida
que: (a) hay una decisión soberana de la República de someterse al sistema
interamericano de derechos humanos; (b) los Estados no pueden violar sus obligaciones
internacionales; y (c) aunque no sea un argumento jurídico, debe tenerse presente que
pretender salir del sistema interamericano o desconocerlo, pondría al Uruguay en la
denostada, y fallida, línea de Fujimori y Montesinos que procuraron eludir sus
obligaciones internacionales sin éxito. Los países serios cumplen con las sentencias. La
sentencia de la Corte no es una recomendación de la Comisión Interamericana, sino,
valga la redundancia, una sentencia y como tal obligatoria.
2. En la misma línea, no puede admitirse el argumento de que por encima de los órganos
internos no hay nada, pues esto es contrario a una decisión soberana del país. En materia
de derechos humanos, cuando se agotan los recursos internos, hay una instancia
internacional superior. No se puede negar esto y olvidar medio siglo de evolución
internacional en materia de derechos humanos y la aceptación que de esta jurisdicción
internacional hizo nuestro país.
3. Pero además debe repararse en que la sentencia de la Corte Interamericana es, en su
esencia, coincidente con la actual jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia (la ley de
caducidad es inválida) por lo que no puede extrañar, sorprender ni afectar la sensibilidad
de nadie el pronunciamiento internacional.
4. En definitiva, es claro que con la máxima prontitud el
Gobierno debe proceder: (a) a llevar adelante una investigación, seria, profunda, de buena
fe, sobre los hechos objeto de la sentencia, a los efectos de esclarecerlos, encontrar (si
fuera el caso) los restos y, si se identifican, sancionar a los responsables (por supuesto que
la obligación de investigar es una obligación de medios y no de resultados); (b) a realizar
un acto público de reconocimiento de la responsabilidad internacional del Estado por el
caso resuelto; (c) a colocar una placa con el nombre de las víctimas en el Servicio de
Información de Defensa; (d) a realizar las publicaciones internas de la sentencia; (e) a
implementar un plan de derechos humanos dirigido a jueces y fiscales; (f) a establecer un
sistema de información acerca de las graves violaciones de derechos humanos cometidas
durante la dictadura; y (g) a abonar las indemnizaciones establecidas. Todo lo anterior
puede y debe ser cumplido en términos razonables, dentro de los máximos que fija la
sentencia.
Pero además de lo anterior la sentencia dispone que la Ley de Caducidad no debe volver a
representar obstáculo para las investigaciones de casos de violaciones de derechos humanos.
Es interesante que la Corte, luego de declarar la incompatibilidad de la ley con la Convención
Americana y con la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, no
dice que la ley debe ser anulada por otra ley, sino que deben adoptarse las medidas para que
la ley no vuelva a ser obstáculo para las investigaciones. Incluso la Corte reconoce que con la
actual posición del Poder Ejecutivo y de la Suprema Corte de Justicia, esos obstáculos no
existen.
El problema es cómo se cumple con lo anterior. La “anulación” de la ley de caducidad por
otra ley posterior es inconstitucional (no lo puede hacer el legislador y esto está reservado a
los órganos jurisdiccionales). Tampoco puede derogarse con efecto retroactivo la ley pues
dicho efecto en ese tipo de leyes es inconstitucional. Si se transitan estas vías lo único que se
logrará serán nuevos obstáculos pues los involucrados suspenderán los procedimientos
pretendiendo la declaración de inconstitucionalidad de la nueva ley, por lo que habrá más
demoras y más obstáculos.
Entonces: ¿cuál es la mejor forma de cumplir con la sentencia?
Podría encontrarse un camino sencillo, que permitiría lograr altos consensos políticos (lo que
siempre es bueno en estos casos) y reduciría al mínimo (no desaparecería) el riesgo de
impugnaciones jurisdiccionales:
a) Los artículos 1, 3 y 4 de la Ley de Caducidad podrían ser derogados pero sólo hacia el
futuro (lo que sería ajustado a la Constitución y no violaría ningún principio superior),
con lo que se consolidaría la actual jurisprudencia de la Suprema
Corte de Justicia e impediría que se pueda volver atrás en materia de interpretación y
aplicación de la ley de caducidad. Como dice hoy la Corte Interamericana, hoy no hay
obstáculos para las investigaciones, y con la derogación se impediría que los mismos
vuelvan a aparecer. Esta solución, además, podría contar con el apoyo de todos los
partidos políticos, lo que le daría una gran legitimidad democrática.
b) En cuanto al pasado, el problema es la interpretación y aplicación que de la ley de
caducidad ha hecho el Poder Ejecutivo. Y en este caso, en cumplimiento de la sentencia
de la Corte Interamericana (hecho nuevo y superveniente a las anteriores
interpretaciones de la ley), podría el Poder Ejecutivo dictar un acto administrativo
revocando todos sus actos anteriores que consideraron diversos casos comprendidos en
la ley de caducidad. De esta forma, por razones de legitimidad (y con efectos
retroactivos), se cumpliría con la sentencia eliminando obstáculos hacia el pasado. Por
supuesto que hay un sector de la doctrina que entiende que también existe una suerte
de “cosa juzgada” administrativa, y bien, ninguna solución está libre de
cuestionamientos.
c) Con lo anterior se podría cumplir con la eliminación de obstáculos pasados y futuros
derivados de la interpretación y aplicación de la ley de caducidad, minimizando los
riesgos jurídicos y dejando al Poder Judicial, libre de obstáculos, la solución definitiva de
cada caso concreto, como es su competencia constitucional.
Reitero que las anteriores son algunas reflexiones todavía muy próximas a la sentencia,
por lo que corresponderá seguir analizando el tema.
Martín Risso Ferrand