ABRIR CAPITAL ACCIONARIO MEDIANTE SUSCRIPCIÓN PÚBLICA DE ACCIONES
Aebu analizó el artículo 285 de la LUC y detalló las ganancias de las 20 firmas asociadas a empresas públicas
MONTEVIDEO (Uypress)- 24.03.2022

Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS
La Comisión Técnica Asesora de AEBU elaboró un informe sobre el artículo 285 de la Ley de Urgente Consideración, que establece: “Las sociedades anónimas con participación estatal, deberán promover, siempre que las condiciones lo permitan, la apertura de una parte minoritaria de su capital accionario mediante la suscripción pública de acciones”.





















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