22 mar 2020

EL REY ESTA FORRADO

Delito fiscal: la vía judicial para investigar en España a Juan Carlos I por sus fondos opacos en el extranjero

Elena Herrera

20/03/2020


El rey emérito Juan Carlos I en una fotografía de archivo.

El Supremo puede investigar al rey emérito por los delitos posteriores a su abdicación, entre los que estaría no haber informado a Hacienda de sus rentas en el extranjero. El comunicado con el que la Casa del Rey intentó aplacar el eco de las informaciones que vinculan directamente a Felipe VI con sociedades opacas en el extranjero puede colocar en una situación delicada en el ámbito judicial a su predecesor.
El texto admite los vínculos de Juan Carlos I con las fundaciones offshore Lucum y Zagatka y reconoce de manera tácita que es beneficiario, al menos, de la primera de ellas, radicada en Panamá y utilizada para para recibir 100 millones de dólares de la casa real saudí. Además, informa de que esos hechos son conocidos por las "autoridades competentes" sin que hayan transcendido, por el momento, cuáles son esas autoridades.

Es una revelación de calado, pues la declaración de rentas y bienes en el extranjero es de obligado cumplimiento para todos los residentes fiscales en España desde enero de 2013. El exministro de Hacienda Cristóbal Montoro puso en marcha en lo peor de la crisis el llamado modelo 720, al que acompaña un severo régimen sancionador. El rey emérito está obligado, por tanto, informar de estos fondos en su declaración del IRPF.

Inmune a cualquier investigación durante los casi cuarenta años que fue jefe del Estado, Juan Carlos I es ahora un ciudadano al que la justicia sí puede perseguir aunque mantenga desde su abdicación un fuero penal y civil que abarca su vida privada y solo pueda ser juzgado por el Tribunal Supremo. Es decir, el alto tribunal es competente para abrir diligencias que supongan su imputación siempre que los hechos objeto de investigación sean posteriores a 2014.

El técnico de Hacienda Carlos Cruzado, presidente del sindicato Gestha, explica que la ley obliga a informar, en cada declaración anual del IRPF, de los bienes en el extranjero. A efectos administrativos, el último ejercicio no prescrito es el del año 2015, que se declara en 2016, y cuando el rey ya no era inviolable al haber abdicado. "Con las cifras que se están barajando, esa liquidación superaría con creces los 120.000 euros y estaríamos ante un posible delito fiscal", describe Cuadrado.

Se trata de hipótesis pues no hay constancia de que exista ninguna investigación abierta al monarca por este hecho ni por cualquier otro, si bien ha designado como abogado y portavoz a Javier Sánchez-Junco, un prestigioso letrado de Madrid, exfiscal de la Audiencia Nacional. Consultado por eldiario.es, un portavoz de Hacienda rechaza pronunciarse sobre "contribuyentes concretos". Y la Fiscalía Anticorrupción tampoco está entre las autoridades a las que la Casa del Rey trasladó la información de las sociedades offshore de Juan Carlos I.

De hecho, la Fiscalía Anticorrupción está a la espera de que el fiscal suizo Yves Bertossa, que abrió una causa secreta en 2018 por las afirmaciones de la expareja del rey emérito Corinna Larsen sobre él y sus testaferros, le informe formalmente de esa investigación. La solicitud de información de Anticorrupción se produjo después de que la Fiscalía suiza hiciera lo propio con sus colegas españoles.

El intercambio de información entre fiscales de ambos países se produce porque Anticorrupción mantiene abiertas unas diligencias por un presunto delito de cohecho internacional en la construcción del AVE a La Meca y sus compañeros del país centroeuropeo sospechan que ese podría ser precisamente el origen inicial de los fondos que acabaron en manos de Larsen, con quien el monarca tuvo una relación extramatrimonial durante cinco años.

En todo caso, esas diligencias de la Fiscalía, en principio, no le afectarían porque se remiten a hechos en los que estaría protegido por la inviolabilidad que consagra el puesto de jefe del Estado. La Audiencia Nacional, con el visto bueno del Ministerio Público, dejó claro en septiembre de 2018 que todos los actos y acciones previos a la fecha de su abdicación no están sujetos a responsabilidad penal. Así lo escribió el juez Diego de Egea en el auto en el que archivó la pieza del caso Villarejo en la que se investigaban las grabaciones en las que Larsen atribuye al monarca el cobro de comisiones por el AVE a la Meca y el uso de testaferros para ocultar una supuesta fortuna en Suiza y un terreno en Marrakech.

Por otro lado está el recorrido que puedan tener en Suiza las pesquisas sobre el origen de una parte de su fortuna o la denuncia que Corinna Larsen ha anunciado que interpondrá contra él en el Reino Unido por las supuestas amenazas para que no revele los "secretos de Estado" que dice tener en su poder. Expertos juristas consultados por eldiario.es coinciden en que el rey emérito no goza actualmente de inmunidad o privilegio que impida la apertura de una causa penal contra él fuera de España incluso en relación a presuntos delitos cometidos durante su mandato, pues con su abdicación en 2014 "perdió la inmunidad de jurisdicción de la que gozan los jefes de Estado extranjeros según el derecho internacional".