GAVAZZO Y KLASTORNICK FALLECIERON DURANTE EL PROCESO
Procesaron con prisión al militar Juan Rebollo por el asesinato de las “Muchachas de Abril”
MONTEVIDEO (Uypress)22.07.2022
La Justicia procesó con prisión al militar retirado Juan Rebollo, por los asesinatos de Diana Maidanic, Laura Raggio y Silvia Reyes, perpetrado en 1974, caso que pasó a ser conocido como las “Muchachas de Abril”.
La resolución, según informó La diaria, fue adoptada por la jueza Isaura Tórtora, que resolvió procesar con prisión al militar retirado Juan Rebollo, por los asesinatos de Diana Maidanic, de 22 años; Laura Raggioy Silvia Reyes, ambas de 19 años, ocurridos el 21 de abril de 1974.
De acuerdo a la investigación, las tres fueron masacradas durante el operativo militar ocurrido en el barrio Brazo Oriental, que tenía la finalidad de detener al militante del Movimiento de Liberación Nacional Washington Barrios, esposo de Silvia Reyes. Esta se encontraba embarazada.
De acuerdo a las fuentes judiciales, se descartó la versión de que hubo un intercambio de disparos. El militar hoy procesado había sostenidos que fueron recibidos a balazos y con granadas.
La jueza resolvió el procesamiento con prisión por tres delitos de homicidio muy especialmente agravados en calidad de coautor y dispuso como medida sustitutiva la prisión domiciliaria.
Según La diaria, Tórtora califica como "concluyente" que "la hipótesis de que las tres mujeres fueron abatidas sin un enfrentamiento armado previo es compatible con todos los elementos" utilizados en la causa.
"En ese momento entran varios militares en mi apartamento, algunos entran con revólver, me sacan hacia afuera, donde me ponen contra la ventana, y mientras me revisan me preguntan cómo me llamo. Alguien grita "Ahí no es, es al lado", ahí comienzan a efectuar disparos hacia el apartamento N° 3 sin haber golpeado. No sé quién era que efectuaba los disparos porque no tenía visibilidad [...] las balas siguen, alrededor de cinco a siete, o 10 minutos -no sé exactamente- hasta que cesan los disparos y ahí comienzan los gritos de los militares y de las muchachas que gritaban que no dispararan, que no las mataran, y luego de eso se siente una ráfaga de metralleta que sacudía la pared", declaró uno de los vecinos de las víctimas.
La sentencia establece que fue Rebollo, que entonces revistaba como responsable del Grupo de Artillería Antiaérea 1, junto al teniente coronel Washington Enrique Scala Demarco, quien ordenó el operativo en la madrugada del 21 de abril. En la causa también estaban implicados los militares José Gavazzo y Eduardo Klastornick, fallecidos durante el proceso.
Rebollo es el primer procesado por esta causa, por la que en diciembre de 2021 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado uruguayo, tras analizar la falta de respuesta por parte del Estado al acceso a la Justicia.
La sentencia de la CIDH, que también incluyó las desapariciones de Óscar Tassino y Luis Eduardo González, instó al Estado a continuar las investigaciones y sancionar a los responsables "en un plazo razonable".
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias
La Justicia procesó con prisión al militar retirado Juan Rebollo, por los asesinatos de Diana Maidanic, Laura Raggio y Silvia Reyes, perpetrado en 1974, caso que pasó a ser conocido como las “Muchachas de Abril”.
La resolución, según informó La diaria, fue adoptada por la jueza Isaura Tórtora, que resolvió procesar con prisión al militar retirado Juan Rebollo, por los asesinatos de Diana Maidanic, de 22 años; Laura Raggioy Silvia Reyes, ambas de 19 años, ocurridos el 21 de abril de 1974.
De acuerdo a la investigación, las tres fueron masacradas durante el operativo militar ocurrido en el barrio Brazo Oriental, que tenía la finalidad de detener al militante del Movimiento de Liberación Nacional Washington Barrios, esposo de Silvia Reyes. Esta se encontraba embarazada.
De acuerdo a las fuentes judiciales, se descartó la versión de que hubo un intercambio de disparos. El militar hoy procesado había sostenidos que fueron recibidos a balazos y con granadas.
La jueza resolvió el procesamiento con prisión por tres delitos de homicidio muy especialmente agravados en calidad de coautor y dispuso como medida sustitutiva la prisión domiciliaria.
Según La diaria, Tórtora califica como "concluyente" que "la hipótesis de que las tres mujeres fueron abatidas sin un enfrentamiento armado previo es compatible con todos los elementos" utilizados en la causa.
"En ese momento entran varios militares en mi apartamento, algunos entran con revólver, me sacan hacia afuera, donde me ponen contra la ventana, y mientras me revisan me preguntan cómo me llamo. Alguien grita "Ahí no es, es al lado", ahí comienzan a efectuar disparos hacia el apartamento N° 3 sin haber golpeado. No sé quién era que efectuaba los disparos porque no tenía visibilidad [...] las balas siguen, alrededor de cinco a siete, o 10 minutos -no sé exactamente- hasta que cesan los disparos y ahí comienzan los gritos de los militares y de las muchachas que gritaban que no dispararan, que no las mataran, y luego de eso se siente una ráfaga de metralleta que sacudía la pared", declaró uno de los vecinos de las víctimas.
La sentencia establece que fue Rebollo, que entonces revistaba como responsable del Grupo de Artillería Antiaérea 1, junto al teniente coronel Washington Enrique Scala Demarco, quien ordenó el operativo en la madrugada del 21 de abril. En la causa también estaban implicados los militares José Gavazzo y Eduardo Klastornick, fallecidos durante el proceso.
Rebollo es el primer procesado por esta causa, por la que en diciembre de 2021 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado uruguayo, tras analizar la falta de respuesta por parte del Estado al acceso a la Justicia.
La sentencia de la CIDH, que también incluyó las desapariciones de Óscar Tassino y Luis Eduardo González, instó al Estado a continuar las investigaciones y sancionar a los responsables "en un plazo razonable".
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias