No podrá ser juzgado por actos de acoso y espionaje contra su examante hasta 2014
7 de diciembre de 2022
Imagen: AFP
Según la defensa de la examante, el emérito ordenó la operación de acoso de forma privada. Pero el tribunal entiende que esas instrucciones solo podían darse en su calidad de rey.
La justicia británica determinó este martes que el rey emérito de España Juan Carlos I tiene inmunidad en relación a los hechos previos a su abdicación en 2014, por lo que no podrá ser juzgado por presuntos actos de acoso y espionaje contra Corinna zu Sayn-Wittgenstein, con quien mantuvo una relación extramatrimonial entre 2004 y 2009. Según la defensa de Corinna, el emérito ordenó la operación de acoso de forma privada y no como un acto soberano de Estado. Sin embargo, el tribunal entiende que esas instrucciones solo podían darse en su calidad de rey de España, por lo que le otorga la inmunidad para ese periodo de preabdicación.
La decisión del Tribunal de Apelaciones de Inglaterra y Gales, en su división civil, enmienda el dictamen del Tribunal Superior de Londres, que en marzo aceptó llevar a juicio al rey emérito por acusaciones relativas al periodo entre 2012 y 2020, en el que Corinna lo acusa de haberla acosado personalmente o a través de individuos de su entorno.
Pese a que el juicio se llevará a cabo, presumiblemente a mediados del año que viene, el dictamen de este martes deja afuera algunas de las acciones más perjudiciales para la causa del monarca, sobre todo referidas a las supuestas maniobras de acoso y espionaje dirigidas por el entonces jefe del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Félix Sanz Roldán.
La defensa de Corinna
La defensa de la examante de Juan Carlos I sostuvo, luego de conocer la decisión del tribunal, que esta "afecta a un asunto muy limitado" y que "la mayor parte de la demanda, a partir de 2014, no se ve afectada". Michael Kim, del despacho Kobre & Kim, remarcó en un comunicado que su representada denuncia "acusaciones muy graves de un acoso que prosiguió a lo largo de mucho tiempo y que serán examinadas en detalle cuando el juicio tenga lugar".
El fallo del Tribunal de Apelaciones implica que las acciones del monarca entre abril de 2012 y junio de 2014 no pertenecían a su ámbito privado y quedan fuera de la jurisdicción de las cortes británicas. La magistrada Ingrid Simler es la autora del dictamen, respaldado por otros dos jueces de ese tribunal.
Para la defensa de la demandante, residente en el Reino Unido en la actualidad, la estrategia del emérito pasa por conseguir que el proceso judicial se retrase, pero pese a ello, la decisión significa que éste "puede seguir adelante". De acuerdo con su versión, es previsible que los abogados del soberano planteen nuevas cuestiones procedimentales, aunque creen que el Tribunal Superior las rechazará y abrirá el camino al juicio.
El rol del general Sanz Roldán
En base a su decisión, quedarán fuera del juicio presuntos actos del general Sanz Roldán, que "de abril a junio de 2012, actuando bajo la dirección o el consentimiento del acusado, coordinó una operación secreta para entrar y registrar la oficina y el apartamento de la demandante en Mónaco", para lo que contó con la cobertura de una compañía de seguridad monegasca y agentes del CNI, según recoge el documento.
De la misma forma quedarían excluidas las amenazas que supuestamente profirió Sanz Roldán contra la mujer en un hotel de Londres, el cinco de mayo de 2012, cuando según la demandante, el general le comunicó que no podía "garantizar su seguridad física ni la de sus hijos" si no cumplía con sus órdenes. Al interpretar que esas acciones fueron ejecutadas por Sanz Roldán "bajo la dirección o con el consentimiento" del emérito, el tribunal considera que esos hechos quedan sujetos a la inmunidad del soberano.
La decisión se apoya de forma decisiva en la sentencia sobre el exdictador chileno Augusto Pinochet, cuando quedó estipulado en la jurisdicción británica que "la inmunidad es la del Estado, y por tanto solo puede ser suprimida por el propio Estado".
Según la defensa de la examante, el emérito ordenó la operación de acoso de forma privada. Pero el tribunal entiende que esas instrucciones solo podían darse en su calidad de rey.
La justicia británica determinó este martes que el rey emérito de España Juan Carlos I tiene inmunidad en relación a los hechos previos a su abdicación en 2014, por lo que no podrá ser juzgado por presuntos actos de acoso y espionaje contra Corinna zu Sayn-Wittgenstein, con quien mantuvo una relación extramatrimonial entre 2004 y 2009. Según la defensa de Corinna, el emérito ordenó la operación de acoso de forma privada y no como un acto soberano de Estado. Sin embargo, el tribunal entiende que esas instrucciones solo podían darse en su calidad de rey de España, por lo que le otorga la inmunidad para ese periodo de preabdicación.
La decisión del Tribunal de Apelaciones de Inglaterra y Gales, en su división civil, enmienda el dictamen del Tribunal Superior de Londres, que en marzo aceptó llevar a juicio al rey emérito por acusaciones relativas al periodo entre 2012 y 2020, en el que Corinna lo acusa de haberla acosado personalmente o a través de individuos de su entorno.
Pese a que el juicio se llevará a cabo, presumiblemente a mediados del año que viene, el dictamen de este martes deja afuera algunas de las acciones más perjudiciales para la causa del monarca, sobre todo referidas a las supuestas maniobras de acoso y espionaje dirigidas por el entonces jefe del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Félix Sanz Roldán.
La defensa de Corinna
La defensa de la examante de Juan Carlos I sostuvo, luego de conocer la decisión del tribunal, que esta "afecta a un asunto muy limitado" y que "la mayor parte de la demanda, a partir de 2014, no se ve afectada". Michael Kim, del despacho Kobre & Kim, remarcó en un comunicado que su representada denuncia "acusaciones muy graves de un acoso que prosiguió a lo largo de mucho tiempo y que serán examinadas en detalle cuando el juicio tenga lugar".
El fallo del Tribunal de Apelaciones implica que las acciones del monarca entre abril de 2012 y junio de 2014 no pertenecían a su ámbito privado y quedan fuera de la jurisdicción de las cortes británicas. La magistrada Ingrid Simler es la autora del dictamen, respaldado por otros dos jueces de ese tribunal.
Para la defensa de la demandante, residente en el Reino Unido en la actualidad, la estrategia del emérito pasa por conseguir que el proceso judicial se retrase, pero pese a ello, la decisión significa que éste "puede seguir adelante". De acuerdo con su versión, es previsible que los abogados del soberano planteen nuevas cuestiones procedimentales, aunque creen que el Tribunal Superior las rechazará y abrirá el camino al juicio.
El rol del general Sanz Roldán
En base a su decisión, quedarán fuera del juicio presuntos actos del general Sanz Roldán, que "de abril a junio de 2012, actuando bajo la dirección o el consentimiento del acusado, coordinó una operación secreta para entrar y registrar la oficina y el apartamento de la demandante en Mónaco", para lo que contó con la cobertura de una compañía de seguridad monegasca y agentes del CNI, según recoge el documento.
De la misma forma quedarían excluidas las amenazas que supuestamente profirió Sanz Roldán contra la mujer en un hotel de Londres, el cinco de mayo de 2012, cuando según la demandante, el general le comunicó que no podía "garantizar su seguridad física ni la de sus hijos" si no cumplía con sus órdenes. Al interpretar que esas acciones fueron ejecutadas por Sanz Roldán "bajo la dirección o con el consentimiento" del emérito, el tribunal considera que esos hechos quedan sujetos a la inmunidad del soberano.
La decisión se apoya de forma decisiva en la sentencia sobre el exdictador chileno Augusto Pinochet, cuando quedó estipulado en la jurisdicción británica que "la inmunidad es la del Estado, y por tanto solo puede ser suprimida por el propio Estado".
Acusaciones de hostigamiento
Nombrado jefe de Estado en 1975 a la muerte del dictador Francisco Franco, Juan Carlos I fue respetado durante décadas por permitir el retorno de la democracia a España. Pero una serie de escándalos a partir de 2012 derrumbaron su imagen, llevándolo primero a abdicar en favor de su hijo, Felipe VI, y en agosto de 2020, a exiliarse en los Emiratos Árabes Unidos, donde vive desde entonces.
Denunciando ocho años de amenazas, seguimiento, piratería y difamación, Corinna -empresaria divorciada de un príncipe alemán-, presentó en 2020 una demanda civil contra el rey español por acoso en Londres. Asegura que Juan Carlos la hostigó desde 2012 buscando recuperar "regalos" que incluyen 65 millones de euros.
En documentos judiciales presentados en noviembre, ella aseguró que aunque Juan Carlos le entregó los 65 millones alegando "un afecto por ella y sus hijos que no podía reflejar en su testamento", su intención era en realidad ocultarlos al fisco español, utilizándola como testaferro.