"PÉRDIDA DEL DERECHO A PERCIBIR HONORARIOS"
Condenan a la abogada Rosana Gavazzo “por estrategia dilatoria”: Deberá pagar costos y costas
MONTEVIDEO (Uypress)-05.11.2021
Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS
La Suprema Corte de Justicia rechazó un recurso de inconstitucionalidad presentado por la abogada Rosana Gavazzo y reprochó su estrategia “claramente dilatoria”, según informó semanario Búsqueda.
En una sentencia firmada por unanimidad el 26 de octubre -a la que accedió el medio citado- los ministros resolvieron sancionar a la abogada con el pago de las costas y costos del proceso y con la "pérdida del derecho a percibir honorarios".
Gavazzo, hija del coronel retirado José Nino Gavazzo, quien falleció el pasado junio, es patrocinante de varios militares indagados por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura (1973-1985).
En este caso la defensora, en representación del mayor Dardo Morales, presentó una excepción de inconstitucionalidad contra la Ley Nº 18.831, que restableció la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en la dictadura. Sobre Morales recae un pedido de procesamiento por abuso de autoridad y privación de libertad, en un caso que se originó con una denuncia de Susana Zanoniani.
La Corte declaró inadmisible la excepción y cuestionó la presentación "perlada" de recursos de inconstitucionalidad. Es decir, en vez de presentar recursos en simultáneo, las defensas los presentan uno sucesivo del otro, con lo que consiguen detener por más tiempo el avance de la causa. "En el proceso de inconstitucionalidad rige plenamente el principio de economía procesal" en razón de lo cual "se encuentra vedado el planteamiento de sucesivas cuestiones de inconstitucionalidad", indicó la Corte.
"En el presente caso, se advierte que el planteo sucesivo de excepciones de inconstitucionalidad tiene una finalidad evidentemente dilatoria del proceso, a través de una estrategia obstructiva y perlada, en función de lo cual corresponde imponer la condena al pago de las costas y costos y la pérdida del derecho al cobro de honorarios por parte de su letrada patrocinante", concluyeron los ministros Tabaré Sosa, Bernadette Minvielle, Elena Martínez, John Pérez y Luis Tosi.
Con esta decisión la Corte asumió por unanimidad una posición que antes había planteado en minoría Minvielle. En una sentencia de junio 2019 la ministra reclamó a la Corte una respuesta más firme para detener estas estrategias con una "marcada actitud obstruccionista".
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias
Con esta decisión la Corte asumió por unanimidad una posición que antes había planteado en minoría Minvielle. En una sentencia de junio 2019 la ministra reclamó a la Corte una respuesta más firme para detener estas estrategias con una "marcada actitud obstruccionista".
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