Rosenkrantz, soldado de Magnetto
Juan José Salinas15/12/2015
El caso de la ONG trucha – Parte II
A casi tres meses del fallo que permitió a Fibertel seguir operando sin licencia, la Sala III de de la Cámara Civil y Comercial Federal continuaba negando todo acceso al expediente de la causa iniciada por la Asociación para la Defensa de la Competencia. Está asociación estaba integrada por los abogados Carlos Rosenkrantz y Gabriel Bouzat, cuyo estudio tiene entre sus clientes a Cablevisión y Grupo Clarín. Mercados y transparencia analizo los balances que la Asociación presentó ante el fuero Civil y Comercial Federal al tramitar un “Beneficio de litigar sin gastos” y encontró que era un fantasma al servicio de Magnetto y el Grupo Clarín.http://www.mercadoytransparencia.org/noticia/el-caso-de-la-ong-trucha-parte-ii
“Los jueces dicen que la causa está reservada por la trascendencia pública que tuvo el caso, pero debería ser exactamente a la inversa, por esa misma trascendencia, la sociedad debería conocer lo que verdaderamente ocurre en ese expediente”, dijo Luis Villanueva, integrante del programa Acción Ciudadana y Lucha Contra la Corrupción en ACIJ. Es inconcebible que tratándose de una acción colectiva ningún usuario pueda enterarse de cómo la parte actora está disponiendo de sus derechos, que le son ajenos, dijo otro allegado a ACIJ.
Los jueces Recondo, Antelo y Medina estarían estudiando los recursos de apelación presentados por la Secretaría de Comunicaciones y por ADC para elevar el asunto a la Corte Suprema. Según el abogado de ACIJ, esto no impide el acceso a la causa: “Los expedientes no se puede ver sólo porque los jueces no quieren, evidentemente alguna de la información allí obrante no los dejaría bien parados”, dijo Villanueva.
La Asociación Civil para la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y Mercado y Transparencia realizaron varios intentos de acceder al expediente caratulado “Asociación para la Defensa de la Competencia c/ Estado Nacional Secretaría de Comunicaciones s/ amparo”, pero la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal en que tramita el expediente rechazó todos ellos.
La causa fue iniciada a mediados del 2010 por la Asociación para la Defensa de la Competencia (ADC) en contra de la Resolución 100/10 de la Secretaría de Comunicaciones que declaró la caducidad de la licencia para la prestación de los servicios de internet y telecomunicaciones que estaban a nombre de Fibertel. Esta firma fue absorbida por Cablevisión sin haberse liquidado y perdió jurídicamente la licencia al no haberla solicitado la sociedad absorbente.
ADC está integrada por los abogados Carlos Rosenkrantz y Gabriel Bouzat, socios principales del estudio Bouzat, Rosenkrantz & Asociados, entre cuyos clientes figura Cablevisión y Grupo Clarín, es decir, los principales beneficiarios de la acción colectiva que la Sala III mantiene secreta. El vínculo de los abogados con Cablevisión y Grupo Clarín figuraba, hasta hace tres meses, en la página web del mencionado estudio. Así informó MyT en una nota anterior en alusión a una investigación realizada por Telam [ver Nota]. Luego del escándalo el mencionado Estudio deshabilitó esa página [Ver].
En el marco de la acción iniciada por ADC, el 24 de febrero de este año, los jueces Ricardo Recondo y Graciela Medina suspendieron la Resolución 100/10, permitiendo que Fibertel-Cablevisión continúe operando sin licencia.
Este expediente se halla bajo “carácter de reservado”, según sostiene sistemáticamente el Secretario de la Sala III de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial, Carlos Petre, tres meses después del primer intento de acceso a la causa. ACIJ se presentó en la Sala III para tomar vista del expediente principal y del “Beneficio de litigar sin gastos” presentados por la Asociación para la Defensa de la Competencia. Pero el pedido fue denegado, dijo Luis Villanueva, abogado de ACIJ.
Recordemos que se trata de una acción colectiva, es decir, una acción realizada en beneficio de todos los consumidores que, por esa característica, no tiene carácter reservado. Sin embargo, el tribunal aplica una política oscurantista de no permitir ver el expediente a la prensa, ni a los supuestos beneficiarios de la acción. En efecto, la sentencia de la Sala III había dicho que la demanda fue entablada en beneficio de los usuarios y consumidores.
De acuerdo a un fallo de la Corte del año ´94, “Monzón Florencio s/ recurso de queja”, los periodistas están facultados para solicitar a los tribunales autorización para estudiar y fotocopiar un expediente, toda vez que no se trate de hechos referentes a menores o existan razones de decoro que aconsejen su reserva. Allí, la Corte revocó la decisión de la Cámara de no permitir al Sr. Monzón el acceso a la causa bajo el fundamento de que éste no era parte en la causa [ver Fallo]. Sin embargo la Sala rechazó en dos oportunidades la solicitud de MyT de ver el expediente.
De acuerdo a la oficina de asignación de causas de la Cámara Civil y Comercial en lo Federal, existen sólo dos causas iniciadas por la Asociación para la Defensa de la Competencia, ambas contra la Secretaría de Comunicaciones. Una es “Asociación para la Defensa de la Competencia c/ Estado Nacional Secretaría de Comunicaciones s/ amparo” y la otra “Asociación para la Defensa de la Competencia c/ Estado Nacional, Ministerio de Economía, Secretaría de Política Económica y otros s/ acción meramente declarativa”. Esta segunda causa está radicada en el Juzgado Civil y Comercial Federal nº 6, a cargo del juez Francisco de Asís Soto. La misma fue iniciada por ADC contra la Resolución SPE nº 148/2010, bajo el argumento de que dicha disposición “le daría concentración económica y/o influencia sustancial a Telefónica SA y Telecom Argentina SA”. ADC pidió el “beneficio de litigar sin gastos” en las dos causas que tramitan en ese fuero.
Algo que resulta de interés conocer es con qué argumento se le puede conceder un beneficio de litigar sin gastos a una Asociación que evidentemente defiende los intereses corporativos de Grupo Clarín-Cablevisión-Fibertel. Esto quedó claro a partir de la investigación que hizo Telam sobre los integrantes de la pretendida ONG y queda corroborado porque jamás iniciaron ninguna acción en defensa de los intereses reales de los usuarios y consumidores sino de determinado cliente del estudio Bouzat, Rosenkrantz & Asociados.
Frente a la negativa de acceder al expediente que favoreció a Fibertel, ACIJ concurrió al Juzgado nº 6, secretaría nº 12. Allí ACIJ pudo tomar vista de los documentos que ADC presentó para dar constancia de su existencia y actividad en la solicitud del “beneficio de litigar sin gastos”.
ACIJ consideró llamativo que los balances de 2008 y 2009 de ADC revelan una evolución patrimonial nula. “Ni para atrás ni para adelante, nada”, señaló Luis Villanueva. Ambos balances repiten una misma cifra de 350 pesos como único activo. No hay gastos, ni ingresos. Los documentos están firmados por Carlos Rosenkrantz, presidente de ADC, Gabriel Bouzat, tesorero, de la abogada Virginia del Águila y de Oscar Alfredo Diez, contador público que ofició de auditor. Asimismo, en el informe del contador se dejó sentado que la Asociación, creada en el año 2000, no posee CUIT y que los estados contables adjuntos “no surgen de registros contables llevados de acuerdo con las normas legales, atento a la falta de rúbrica de los mismos”, según consta en el expediente nº 8178/10 radicado en el Juzgado nº6.
“Los balances evidencian que esta organización no tenía un funcionamiento habitual y regular. No se usaba el teléfono, no se hacían impresiones, no tenía personal, tampoco tiene gastos en viáticos. Incluso el contador que rubrica los balances menciona que los mismos no tienen documentación respaldatoria. Con esta información va quedando en claro que los jueces de la causa tenían esta documentación a la vista en el momento de fallar, lo cual los pone en una situación difícil de explicar”, dijo el abogado de ACIJ.
De acuerdo a los registros de la Inspección General de Justicia, la Asociación para la Defensa de la Competencia, no ha presentado aún ningún balance, acta o constancia de actividad en los más de 10 años de su creación.
http://pajarorojo.com.ar/
“Los jueces dicen que la causa está reservada por la trascendencia pública que tuvo el caso, pero debería ser exactamente a la inversa, por esa misma trascendencia, la sociedad debería conocer lo que verdaderamente ocurre en ese expediente”, dijo Luis Villanueva, integrante del programa Acción Ciudadana y Lucha Contra la Corrupción en ACIJ. Es inconcebible que tratándose de una acción colectiva ningún usuario pueda enterarse de cómo la parte actora está disponiendo de sus derechos, que le son ajenos, dijo otro allegado a ACIJ.
Los jueces Recondo, Antelo y Medina estarían estudiando los recursos de apelación presentados por la Secretaría de Comunicaciones y por ADC para elevar el asunto a la Corte Suprema. Según el abogado de ACIJ, esto no impide el acceso a la causa: “Los expedientes no se puede ver sólo porque los jueces no quieren, evidentemente alguna de la información allí obrante no los dejaría bien parados”, dijo Villanueva.
La Asociación Civil para la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y Mercado y Transparencia realizaron varios intentos de acceder al expediente caratulado “Asociación para la Defensa de la Competencia c/ Estado Nacional Secretaría de Comunicaciones s/ amparo”, pero la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal en que tramita el expediente rechazó todos ellos.
La causa fue iniciada a mediados del 2010 por la Asociación para la Defensa de la Competencia (ADC) en contra de la Resolución 100/10 de la Secretaría de Comunicaciones que declaró la caducidad de la licencia para la prestación de los servicios de internet y telecomunicaciones que estaban a nombre de Fibertel. Esta firma fue absorbida por Cablevisión sin haberse liquidado y perdió jurídicamente la licencia al no haberla solicitado la sociedad absorbente.
ADC está integrada por los abogados Carlos Rosenkrantz y Gabriel Bouzat, socios principales del estudio Bouzat, Rosenkrantz & Asociados, entre cuyos clientes figura Cablevisión y Grupo Clarín, es decir, los principales beneficiarios de la acción colectiva que la Sala III mantiene secreta. El vínculo de los abogados con Cablevisión y Grupo Clarín figuraba, hasta hace tres meses, en la página web del mencionado estudio. Así informó MyT en una nota anterior en alusión a una investigación realizada por Telam [ver Nota]. Luego del escándalo el mencionado Estudio deshabilitó esa página [Ver].
En el marco de la acción iniciada por ADC, el 24 de febrero de este año, los jueces Ricardo Recondo y Graciela Medina suspendieron la Resolución 100/10, permitiendo que Fibertel-Cablevisión continúe operando sin licencia.
Este expediente se halla bajo “carácter de reservado”, según sostiene sistemáticamente el Secretario de la Sala III de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial, Carlos Petre, tres meses después del primer intento de acceso a la causa. ACIJ se presentó en la Sala III para tomar vista del expediente principal y del “Beneficio de litigar sin gastos” presentados por la Asociación para la Defensa de la Competencia. Pero el pedido fue denegado, dijo Luis Villanueva, abogado de ACIJ.
Recordemos que se trata de una acción colectiva, es decir, una acción realizada en beneficio de todos los consumidores que, por esa característica, no tiene carácter reservado. Sin embargo, el tribunal aplica una política oscurantista de no permitir ver el expediente a la prensa, ni a los supuestos beneficiarios de la acción. En efecto, la sentencia de la Sala III había dicho que la demanda fue entablada en beneficio de los usuarios y consumidores.
De acuerdo a un fallo de la Corte del año ´94, “Monzón Florencio s/ recurso de queja”, los periodistas están facultados para solicitar a los tribunales autorización para estudiar y fotocopiar un expediente, toda vez que no se trate de hechos referentes a menores o existan razones de decoro que aconsejen su reserva. Allí, la Corte revocó la decisión de la Cámara de no permitir al Sr. Monzón el acceso a la causa bajo el fundamento de que éste no era parte en la causa [ver Fallo]. Sin embargo la Sala rechazó en dos oportunidades la solicitud de MyT de ver el expediente.
De acuerdo a la oficina de asignación de causas de la Cámara Civil y Comercial en lo Federal, existen sólo dos causas iniciadas por la Asociación para la Defensa de la Competencia, ambas contra la Secretaría de Comunicaciones. Una es “Asociación para la Defensa de la Competencia c/ Estado Nacional Secretaría de Comunicaciones s/ amparo” y la otra “Asociación para la Defensa de la Competencia c/ Estado Nacional, Ministerio de Economía, Secretaría de Política Económica y otros s/ acción meramente declarativa”. Esta segunda causa está radicada en el Juzgado Civil y Comercial Federal nº 6, a cargo del juez Francisco de Asís Soto. La misma fue iniciada por ADC contra la Resolución SPE nº 148/2010, bajo el argumento de que dicha disposición “le daría concentración económica y/o influencia sustancial a Telefónica SA y Telecom Argentina SA”. ADC pidió el “beneficio de litigar sin gastos” en las dos causas que tramitan en ese fuero.
Algo que resulta de interés conocer es con qué argumento se le puede conceder un beneficio de litigar sin gastos a una Asociación que evidentemente defiende los intereses corporativos de Grupo Clarín-Cablevisión-Fibertel. Esto quedó claro a partir de la investigación que hizo Telam sobre los integrantes de la pretendida ONG y queda corroborado porque jamás iniciaron ninguna acción en defensa de los intereses reales de los usuarios y consumidores sino de determinado cliente del estudio Bouzat, Rosenkrantz & Asociados.
Frente a la negativa de acceder al expediente que favoreció a Fibertel, ACIJ concurrió al Juzgado nº 6, secretaría nº 12. Allí ACIJ pudo tomar vista de los documentos que ADC presentó para dar constancia de su existencia y actividad en la solicitud del “beneficio de litigar sin gastos”.
ACIJ consideró llamativo que los balances de 2008 y 2009 de ADC revelan una evolución patrimonial nula. “Ni para atrás ni para adelante, nada”, señaló Luis Villanueva. Ambos balances repiten una misma cifra de 350 pesos como único activo. No hay gastos, ni ingresos. Los documentos están firmados por Carlos Rosenkrantz, presidente de ADC, Gabriel Bouzat, tesorero, de la abogada Virginia del Águila y de Oscar Alfredo Diez, contador público que ofició de auditor. Asimismo, en el informe del contador se dejó sentado que la Asociación, creada en el año 2000, no posee CUIT y que los estados contables adjuntos “no surgen de registros contables llevados de acuerdo con las normas legales, atento a la falta de rúbrica de los mismos”, según consta en el expediente nº 8178/10 radicado en el Juzgado nº6.
“Los balances evidencian que esta organización no tenía un funcionamiento habitual y regular. No se usaba el teléfono, no se hacían impresiones, no tenía personal, tampoco tiene gastos en viáticos. Incluso el contador que rubrica los balances menciona que los mismos no tienen documentación respaldatoria. Con esta información va quedando en claro que los jueces de la causa tenían esta documentación a la vista en el momento de fallar, lo cual los pone en una situación difícil de explicar”, dijo el abogado de ACIJ.
De acuerdo a los registros de la Inspección General de Justicia, la Asociación para la Defensa de la Competencia, no ha presentado aún ningún balance, acta o constancia de actividad en los más de 10 años de su creación.
http://pajarorojo.com.ar/