RECUPERARÁ SU LIBERTAD EL EX AGENTE QUE DETUVO A JULIO CASTRO
Exculpan a Zabala y procesan a Gavazzo
Publicado el 24/5/2014 - 7:00
Fallo sostiene que el ex policía actuó en cumplimiento de una orden
El Tribunal de Apelaciones resolvió dejar en libertad al ex policía Ricardo Zabala, procesado por la desaparición y asesinato del maestro Julio Castro, y al mismo tiempo procesar por homicidio al ex mayor José Nino Gavazzo.
Zabala fue procesado como cómplice en el asesinato de Julio Castro, cuyo cadáver fue encontrado en octubre de 2011 enterrado en el Batallón 14 con un tiro en la cabeza. Castro había sido secuestrado por las Fuerzas Conjuntas el primero de agosto de 1977.
El ex policía estaba preso en la Guardia Republicana dependiente de la cárcel de Domingo Arena y fue liberado “bajo caución juratoria”, es decir, bajo palabra.
El ex policía estaba preso en la Guardia Republicana dependiente de la cárcel de Domingo Arena y fue liberado “bajo caución juratoria”, es decir, bajo palabra.
El fallo establece que la detención de Castro en la vía pública por la policía al mando de Zabala, “se produjo sin violencia física, ni moral, por parte de quienes la practicaron”. Agrega que “efectuada la detención, el encausado informó de la misma a R. B. (Juan Antonio Rodríguez Buratti), y este le ordenó que trasladara al detenido hasta la “Casona”, de la calle Millán, lo que efectivamente hizo, y según manifestó el enjuiciado, lo estaba esperando R. B., quien recibió al detenido, y le ordenó al encartado que regresara al SID”. También en defensa de Zabala el fallo señala que era evidente que R.B. (Rodríguez Buratti) y J.N.G. (Nino Gavazzo) conocían en detalle los movimientos de Julio Castro y que por ello dieron la orden del lugar exacto donde debían detenerlo. Agrega que “no existe prueba alguna de que el encausado estuviera en conocimiento de dicha información, ni que pudiera conocer, o eventualmente evaluar, que la persona detenida fuera a ser asesinada”. Sostiene que Zabala cumplió una orden al detener a Castro, y que eso no lo puede vincular con homicidio del detenido.
Sobre el papel de Gavazzo, el dictamen sostiene que “tuvo un pleno conocimiento de todo lo ocurrido, desde la detención, hasta la ulterior ejecución de la víctima”.
“No puede válidamente, en esta etapa del procedimiento, pretender desconocer lo acontecido con el Maestro J. C., porque él era el jefe de la unidad, y obviamente sus subalternos no le iban a ocultar hechos de tal relevancia, sino que, evidentemente era el indagado quien disponía las directivas pertinentes, para el cumplimiento de las actividades antisubversivas que se realizaban en dicha repartición militar”.
Fallo, “un descrédito para los jueces”
El senador del Frente Amplio y abogado de los derechos humanos Oscar López Goldaracena discrepó con el fallo. Afirmó que el “Tribunal de Apelaciones valora erróneamente cómo funcionaba el aparato represivo durante la dictadura militar”.
“Ignora que constituía un engranaje aceitado donde cada pieza cumplía su rol. Ignora que quien detuvo a Julio Castro estaba cumpliendo su papel ejecutando una orden de detención ilegítima”, dijo. Agregó que “no vale ahora querer zafar diciendo: ‘no tuve nada que ver, yo solo lo detuve’; habrá otro que dirá ‘yo tampoco tengo nada que ver, porque solo le puse la capucha’ y un tercero que también quizás diga que únicamente fue a buscar la cal con la que cubrieron el cadáver”.
“No comprender que la represión era un sistema que se ejecutaba por el aparato de terrorismo de Estado, es carecer de sentido común para valorar la prueba. Dejar libres a los que participaron en las desapariciones forzadas y a sus cómplices, es un descrédito para los propios jueces”, afirmó.