3 noviembre, 2017
Milagro Sala: ante “incumplimiento” del Estado, elevan causa a la Corte Interamericana
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Comisión IDH), un organismo dependiente de la Organización de Estados Americanos, solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que “adopte medidas provisionales a favor de Milagro Sala”, debido a los “incumplimientos” del Estado respecto de la necesidad de no mantener detenida en prisión a la dirigente política.
Luego de haber sido detenida en enero de 2016, su defensa llevó su caso a la Comisión IDH, que después de recibir las exposiciones de los abogados de Milagro Sala y también del Estado argentino, decidió concederle una medida cautelar (la primera otorgada en la historia del organismo) a la titular de la Tupac Amaru, en la que recomendaba que la dirigente política no podía estar en prisión y que, ante la “excepcionalidad” de continuar detenida, debía establecerse prisión domiciliaria o algún mecanismo de seguimiento electrónico.
Hoy, la Comisión IDH consideró que, a pesar de las medidas cautelares y las advertencias realizadas al Estado argentino, las actuaciones de las autoridades judiciales de Jujuy “no se dirigen a cumplir” con las recomendaciones de ese organismo.
“La situación actual de Milagro Sala cumple con los requisitos de extrema gravedad, urgencia y riesgo de daño irreparable previstos en el artículo 63.2 de la Convención para el otorgamiento de medidas provisionales”, indicó la Comisión IDH en un comunicado.
La detención de Milagro Sala ya cuenta no solo con la cautelar de la Comisión IDH sino que también fue motivo de análisis de la ONU, ya que el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias consideró que la prisión preventiva que mantiene a la dirigente en la cárcel de Alto del Comedero es, justamente, arbitraria.
Aministía Internacional es otra de las organizaciones que mantienen un pedido vigente por la militante popular, e incluso tiene una campaña para que referentes mundiales le consulten a Mauricio Macri por su situación.
El Cronista
CIDH considera incumplidas cautelares a favor de Milagro Sala en Argentina y envía solicitud a la Corte Interamericana
Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó el 3 de noviembre de 2017 a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que adopte medidas provisionales a favor de Milagro Sala con respecto al Estado de Argentina, porque considera que el Estado ha incumplido las medidas cautelares dictadas en su favor.
En enero de 2016, organizaciones de derechos humanos de Argentina solicitaron a la Comisión la adopción de las medidas cautelares a favor de Milagro Sala, lideresa indígena.
El 27 de julio de 2017, tras haber recibido información de ambas partes y haber efectuado una visita al centro de detención, la Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares a favor de Milagro Sala a través de la Resolución 23/17. A juicio de la Comisión, existían suficientes elementos para considerar que, entre otros aspectos, las condiciones de detención de Milagro Sala constituían una situación de hostigamiento y estigmatización que ponía en riesgo su vida e integridad, situación agravada por el estado de la salud mental de la beneficiaria. Por lo anterior, la CIDH dispuso que el Estado argentino debía adoptar medidas para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de la beneficiaria; concertar con ella las medidas a tomar; y teniendo en cuenta la excepcionalidad de la detención preventiva, adoptar medidas alternativas, tales como el arresto domiciliario o que la beneficiaria Sala enfrentara el proceso en libertad.
Después del otorgamiento de la medida cautelar, la Comisión encontró que las autoridades judiciales de Jujuy tomaron decisiones que se distancian del cumplimiento de las medidas cautelares dictadas por la Comisión y que, por el contrario, agravan la situación de riesgo de la beneficiaria. Inicialmente las autoridades judiciales ordenaron la detención domiciliaria para Milagro Sala. Sin embargo, bajo un estricto régimen de seguridad que reproducía las condiciones de la Penitenciaría en su domicilio. Posteriormente, la Cámara de Apelaciones y Control de la Provincia de Jujuy ordenó el retorno de la procesada a la Penitenciaría. Y finalmente, un juez ordenó el reingreso de Milagro Sala al Penal porque ella se habría negado a ser trasladada a un centro médico donde se la practicarían exámenes clínicos. Además, la Comisión tuvo conocimiento de la grave situación psicológica que atraviesa la beneficiaria por la angustia que le generan las últimas decisiones tomadas por las autoridades del Estado, lo que la habría llevado a causarse una autolesión, en adición a la causada con anterioridad al otorgamiento de las medidas cautelares.
La CIDH encuentra que las actuaciones descritas, no se dirigen a cumplir las medidas cautelares. Las más recientes acciones, analizadas en conjunto con otros factores de riesgo identificados en la Resolución 23/17, agravarían el riesgo para la vida e integridad personal de la señora Milagro Sala. En consideración de la CIDH, la situación actual de Milagro Sala cumple con los requisitos de extrema gravedad, urgencia y riesgo de daño irreparable previstos en el artículo 63.2 de la Convención para el otorgamiento de medidas provisionales.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos