29 nov 2017

EVO Y SU RE RE

El Tribunal Constitucional Plurinacional habilita la repostulación de Evo Morales a la presidencia en 2019
28 noviembre, 2017


El TCP da vía libre para que Evo postule en las elecciones de 2019

Por unanimidad, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró procedente la acción de inconstitucionalidad abstracta presentada por el Movimiento Al Socialismo (MAS) y dio vía libre para que el presidente Evo Morales y otras autoridades departamentales y municipales puedan optar por la reelección indefinida.

El magistrado Macario Lahor, presidente del TCP, fue el encargado de dar a conocer el fallo que declara “la aplicación preferente” del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que se refiere a los derechos políticos de todos los ciudadanos.

“En relación al artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que consagra los derechos políticos habiéndose establecido que dicho instrumento internacional en relación a dichos derechos declara derechos más favorables a los contenidos de la norma suprema, consiguientemente este Tribunal ha obrado de acuerdo a lo que establece la convención internacional y también a lo que dispone la Constitución con relación a los artículos referidos”, informó el magistrado.

La Constitución, en su artículo 256, establece que “los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados, ratificados o a los que se hubiera adherido el Estado, que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, se aplicarán de manera preferente sobre ésta”.

En esa línea es que la aplicación del artículo 23 de la Convención es preferente frente a los artículos 156, 168, 285.II y 288 de la Constitución, que señalan que el tiempo de mandato del presidente, vicepresidente, asambleístas, autoridades departamentales y municipales es de cinco años de manera continua.

El fallo, además, declara la “inconstitucionalidad” de la Ley de Régimen Electoral en los artículos 52.III, en la expresión “por una sola vez de manera continua”; y 64 inciso d, 65 inciso b, 71 inciso c y 72 inciso b, en el enunciado “de manera continua por una sola vez”, que se refieren al tiempo de mandato de las autoridades del Estado.



Página Siete