2 dic 2015

El Tribunal Constitucional anula por unanimidad la resolución independentista del Parlament

Los once magistrados votan a favor del recurso presentado por el Gobierno contra el texto que daba inicio a la "desconexión" de Cataluña con España.La reforma de la Ley del Constitucional permite actuar penalmente contra los 21 cargos del Govern y el Parlament advertidos si desobedecen fallo
eldiario.es
02/12/2015

El Constitucional anula la resolución independentista del Parlamento catalán. / Efe EFE


El Tribunal Constitucional ha declarado este miércoles nula por unanimidad la resolución independentista del Parlamento de Cataluña, informa la agencia Efe. En su segunda jornada de deliberaciones sobre el texto, los once magistrados han firmado la sentencia de la que es ponente Andrés Ollero y que anula la resolución sobre “el inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales del 27 de septiembre de 2015”.

El tribunal de garantías ha batido un récord al resolver en tan solo tres semanas la cuestión. En un principio no estaba previsto que el orden del pleno de esta semana incluyera el recurso del Gobierno sobre la resolución del Parlament, pero a primera hora de este martes, antes de que arrancara, se conoció que los magistrados abordarían el asunto y que, por tanto, habría resolución antes del arranque de la campaña electoral para las elecciones generales.


Con igual rapidez, los magistrados del Constitucional habían dejado en suspenso la declaración de “desconexión” con el Estado el pasado 11 de noviembre, hasta que hubiera un fallo que abordara el fondo del asunto. Y también entonces se produjeron hechos inéditos, como la decisión de notificar personalmente a 21 altos cargos catalanes, entre el Govern y el Parlament, la suspensión provisional.

El recurso de la Abogacía del Estado denunciaba que la resolución del Parlamento de Cataluña había infringido seis artículos de la Constitución Española y otros dos del Estatut. La Cámara autonómica presentó su propio recurso, en el que alegaba que la resolución tenía “naturaleza política” y que, por tanto, no cabía su suspensión.

En el caso de que alguno de los cargos a los que ya se notificó la suspensión provisional decidiera incumplir la misma, el Tribunal Constitucional podrá imponer multas, suspenderlos de sus funciones y denunciarlos por la vía penal, de acuerdo a la reforma del artículo 92 de la Ley del Tribunal Constitucional que impulsó el Ejecutivo en esta última fase del desafío soberanista.